Víctor de Currea-Lugo | 6 de marzo 2019
El neoliberalismo es la tendencia económica de moda, desde mediados de los años setenta y con mayor auge en los años noventa. Su padre fue Frederick Hayek. Su doctrina alimentó desde la dictadura chilena (el gran experimento neoliberal) y la Escuela de Chicago. La postura de Hayek está sustentada en: a) una definición de la libertad en negativo: la ausencia de controles arbitrarios, b) una noción de derechos humanos en los que priman los derechos económicos y la propiedad, c) el rechazo al Estado social, d) fe en el mercado y e) la consideración de la salud como parte de la cadena productiva.
Hayek entiende la libertad como la ausencia de “coacción derivada de la voluntad arbitraria de otros”. Por eso, defiende la libertad, pero no en general sino la libertad económica frente a la regulación del Estado. Sí, la libertad, con énfasis en la propiedad, se ejerce en la libertad de poseer.
Para Hayek, la libertad ocurre ENTRE personas y no EN las personas; es decir, es una relación más que una condición de la persona. Acepta que el Estado tiene el monopolio de la coacción, pero este monopolio tiene como fin una regulación mínima cuyo fin no puede estar al servicio de la igualdad sino de la libertad. Siendo la persona libre, los resultados serán los derivados de los esfuerzos de las personas. El “mérito personal” niega así las variables sociales.
Frente a los derechos humanos, Hayek considera que las personas sólo tienen un límite válido a sus acciones: el que determina el Estado a través de su capacidad de coacción, pues ésta es el “único medio por el cual el Estado puede impedir la coacción de un individuo a otro”. Y no reconoce, como derechos humanos, las políticas sociales que toquen la esfera de la igualdad o de libertades que no sean las propias del mercado.
Los derechos humanos se limitan, para resumir, a la libertad de producir, distribuir, intercambiar y consumir bienes y servicios. Así, en materia de derechos humanos, como ultraliberal que es, enfatiza en los mismos derechos de propiedad y de libertad de comercio que reivindicó la burguesía frente al poder feudal, en la revolución francesa.
Al rechazar el Estado social (como medio), se descartan los derechos sociales porque, i) no los considera como tales, ii) su garantía sería dada por la indeseable intervención del Estado que él considera arbitraria. “La igualdad de los preceptos legales generales y de las normas de conducta social es la única clase de igualdad que conduce a la libertad y que cabe implantar sin destruir la propia libertad”.
Hayek previene de no nombrar a todo “derecho” (con relación a las necesidades sociales) pues esto sólo conduce a vaciar a la palabra de su original contenido y de su fuerza, y garantizar derechos sociales es violar derechos civiles. Según Hayek, “si queremos conservar una sociedad libre, es imprescindible que reconozcamos que la deseabilidad de un objeto concreto no basta para justificar el uso de la coacción”. Es decir, la igualdad es solo un deseo que no puede ser meta de la coacción estatal.
Tal postura plantea la tensión entre libertad e igualdad optando por la primera pues, según Hayek, “la libertad no solamente nada tiene que ver con cualquier clase de igualdad, sino que incluso produce desigualdades en muchos aspectos”.
Hayek cree en la necesidad de libertad para las fuerzas del mercado. El papel del Estado es, salvo en el recurso de coacción, el de cualquier otro particular: “la sociedad libre no solo presupone que el Estado ha de retener para sí el monopolio de la fuerza, sino que ese monopolio debe contraerse exclusivamente al empleo de la fuerza, procediendo en todos los demás aspectos como cualquier otra persona”. Así, el Estado es “otro más” sin el poder regulador que implica la noción de Estado social.
Todas las anteriores consideraciones, aplicadas en la economía, darían como resultado la necesidad de respetar el mercado y sus reglas generales, consideradas objetivas y neutrales, y en tal respeto por el mercado se materializaría la libertad de las personas. El problema es que en este contexto libertad sería igual a libertad de mercado y solo en la libertad de éste se lograría la libertad general.
Para Hayek, la salud y otros servicios estatales de protección no son derechos sino el desarrollo moderno de la “ley de los necesitados”. En el caso concreto de la salud, reconoce que “la deseabilidad de la acción gubernamental sería difícilmente discutible” pero sólo en cuanto no concurren sólidas razones para que, en este campo concreto, tales servicios no son apetecibles a las empresas al “resultar difícil o imposible obtener el correspondiente precio de los usuarios”.
La salvedad que presenta Hayek (que tales servicios no sean apetecibles por el mercado) no está en norma alguna del derecho natural ni en ninguna reivindicación moral sino en la falta de oferentes en cuanto no sea, por ejemplo, la salud, un campo susceptible de pago rentable por parte de los usuarios; esta consideración desaparece en un servicio privado de salud en el que, al establecer tarifas apetecibles, se supera la salvedad expuesta y por tanto la deseabilidad hayekiana también desaparece.
Hayek descontextualiza la salud (como sus seguidores) ubicando la enfermedad en la resultante de la voluntad de las personas y reduce la noción de justicia a las acciones intencionales del qué hacer humano. Esta misma noción cruza el debate sobre los “hábitos de vida saludables”, ya un lugar común entre la literatura médica mundial, noción dentro de la cual la persona enferma es responsable de su enfermedad más que el medio en el que se mueve, creando el “deber de estar sano”.
Hayek critica los modelos de salud proteccionistas por cuanto: i) no contemplan la finitud de los recursos, y ii) creen que la atención en salud implica necesariamente un resultado final favorable a la producción en la medida que se restaura la producción y hasta se mejora en cuanto el obrero se recupera y se reincorpora a su trabajo.
Y finalmente, muestra su postura instrumental frente a los servicios de salud que vale la pena repetir aquí: “beneficiaría al conjunto del género humano (que) los seres de mayor capacidad productiva fueran atendidos con preferencia, dejándose de lado a los ancianos e incurables”. Esta lógica, aplicada a los modelos de salud de la región, genera el fenómeno llamado selección adversa de pacientes. Para Hayek la salud sería, en el mejor de los casos, parte del derecho al trabajo y, en todo caso, un mecanismo para mantener la mano de obra funcionando (que es por demás la crítica marxista a los programas de salud ocupacional).
Frente a las teorías de Hayek, es necesario recordar que: a) la salud es fundamental para el ejercicio de la libertad y en cuanto tal es también un derecho-medio, b) el ejercicio pleno de los llamados derechos de libertad requiere también la intervención activa (y financiera del Estado): un quehacer activo sin el cual tales derechos no serían posibles. c) Los derechos reguladores de la relación Estado-persona no pueden, per se, negar al Estado pues no puede negar a una de las partes de una relación que busca precisamente regular, y d) el bien llamado “salud” no es sólo un asunto de deseabilidad (en el sentido del consumo o del ocio con que algunos definen el Estado de bienestar) sino que es de la necesidad vital (en el sentido literal del término vital) que trasciende la simple deseabilidad y por tanto justificaría la (combatida) coacción (del poder estatal).