La propuesta apunta a resolver, en parte, la crisis de salud de la población carcelaria: algo posible a corto tiempo, sin nuevas leyes sino medidas concretas sobre lo ya existente
El proceso entre el Gobierno y el ELN da pasos importantes: ahora empieza una tregua bilateral. Nunca antes, en 26 años de acercamientos, las dos partes habían llegado tan lejos; esa es una de las cosas que niegan los enemigos de la paz. Esta tregua necesita acciones humanitarias unilaterales que la alimenten y que vayan mucho más allá del debate sobre el secuestro.
En ese marco, la condición de salud de los presos puede ser un espacio de alivio humanitario. ¿Por qué? Uno de los puntos en que, en principio, coinciden las delegaciones del gobierno colombiano y del ELN, en la Mesa de Diálogos en Quito, es la necesidad de darle al país resultados concretos y prontos. Pero no se trata de los presos del ELN, no; se trata de toda la población carcelaria: más de 130.000 personas que preocupan de manera directa a, por lo menos, un millón de familiares y allegados.
También, las dos delegaciones coincidirían en avanzar en ofrecer alivios humanitarios o medidas en favor de la población civil, que muestren tanto la buena voluntad de las partes, así como un beneficio concreto a la sociedad. Ambas partes coincidirán con lo que ya sabe el país: la crisis carcelaria es real, crónica, sistemática y creciente.
La propuesta apunta a resolver, en parte, la crisis de salud de la población carcelaria. Pero no se trata de proponer una reforma al Inpec ni al sistema carcelario (necesarias por demás) ni tampoco de abolir las EPS (a mi juicio, paso esencial para resolver la crisis de salud en el país). Se trata de algo más modesto, posible a corto tiempo y que no requiere nuevas leyes sino medidas concretas sobre lo ya existente.
Si de normas se trata, ya hay estándares internacionales sobre lo básico que deben tener los servicios de salud en las cárceles. Si de diagnósticos se trata, es cuestión de poco tiempo tener un análisis cuidadoso de la situación de salud en las cárceles del país, pero todos ya intuimos algunas de las conclusiones.
- Recursos humanos. Diferente al pasado, hoy día no todos los médicos prestan el Servicio Social Obligatorio, conocido como Año Rural. Así que el Ministerio de Salud, en una tarde, podría aumentar los cupos de rurales, destinando 1 por cada 1000 reclusos (para un total de tan solo 310 plazas) o por lo menos dos en cada cárcel con más de 1000 reclusos, lo que daría un poco más de 60 plazas. Y aunque la propuesta de reforma educativa busca abolir el año rural (ojalá no lo logren) otra opción podría ser pasantías con médicos internos y residentes.
- Materiales médicos. Estoy seguro que cualquiera de las once embajadas que acompañan la Mesa de Quito o de las otras delegaciones diplomáticas en Colombia, dispondrían gustosos de los recursos para dotar con un mínimo básico las prisiones donde fuera necesario. He visto pro
- Transporte. La red nacional de ambulancias no es la ideal, pero aumentar a su labor el transporte de pacientes desde los centros penitenciarios, en condiciones dignas, es posible. Claro, siempre y cuando el Inpec renuncie un poco a la paranoia de priorizar la seguridad de los traslados sobre la vida de los pacientes.
- La atención intramural. Según la resolución 3595 de 2016 (del Ministerio de Salud y Protección Social) la atención intramural ya es un deber por parte de las EPS, pero el debate está en su cumplimiento. De hecho, los hospitales lo tienen previsto como uno de los entornos de trabajo.
- Supervisión y sanciones. Otras normas necesarias, que se pueden hacer en otra tarde, deben incluir medidas de sanción para que las instituciones no dejen estas tareas a la buena voluntad del funcionario de turno. Para eso, la Sentencia T-857 de 2013, la Corte Constitucional recordó las tareas de la Defensoría y de la Procuraduría en el específico caso de la protección de los derechos humanos de las personas detenidas.
- Atención de urgencias. La asistencia extramural. Basta con que los complejos penitenciarios tengan, asignada por ley, una IPS de referencia, que asuma toda la obligación jurídica de atender a los pacientes remitidos en caso de urgencias y no los envíe al patético y cotidiano paseo de la muerte. La demanda en salud derivada de las cárceles dudosamente causaría un quiebre en el sistema de salud.
Ya sé que parte de la mala situación de salud en las cárceles depende del sistema penitenciario y del sistema de salud, del hacinamiento y del estado nutricional de los detenidos (esto sin mencionar los retos en materia de salud mental); pero eso no debe impedir avanzar en algún sentido. Creer que si no cambiamos todo entonces no cambiamos nada, es condenarnos al inmovilismo.
Salud es más que la atención médica, pero no hagamos de esto un debate semántico. Las normas vigentes tratan de ir más allá, por ejemplo, al hablar de salud pública en concordancia con las “condiciones de vida” de la población carcelaria, pero esto se estrella con el problema de hacinamiento, por solo citar una variable.
Hay en la misma ley excusas peligrosas para justificar fallas en la asistencia de la salud en las cárceles, tales como “limitaciones en la capacidad instalada del prestador de servicios de salud”, lo que está en coherencia con la típica alcahuetería que envuelve la formulación misma de la Ley 100.
El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), la unidad de servicios penitenciarios y carcelarios (Uspec), y el Fondo Nacional de Salud de las Personas Privadas de la Libertad, son las instituciones dolientes y, como tal, deben responder. El transporte es deber, hoy por hoy, de la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec). El Inpec, por su parte, es el responsable de tramitar las consultas extramurales, pero su eficacia es altamente discutible, según versiones de los propios detenidos.
Lo que se observa es que las instituciones se pasan la pelota sin asumir eficazmente la responsabilidad. Si el gobierno hoy mismo preguntara al llamado Sistema de Información de Sistematización Integral del Sistema Penitenciario (Sisipec) la realidad de la oferta y la demanda en salud de las cárceles, dudo y mucho que se acerque un poco a la realidad. No hay datos serios ni dolientes fiables, pero eso no debería impedir la búsqueda de soluciones. Una tarea (que no debe servir de excusa para posponer el comienzo de un plan) es realizar un diagnóstico de la situación real, tarea en la que la Defensoría del Pueblo sería un ente fundamental.
Un paso para iniciar: la necesidad de contar con una coordinación en la que esté el Inpec, la Uspec, la Asociación Colombiana de Facultades de Medicina (Ascofame) y todo tipo de asociaciones de trabajadores de salud (terapia física y ocupacional, odontología, salud mental, etc.). Allí deben estar los entes territoriales para que contribuyan a definir cómo se resuelve el aseguramiento de la población carcelaria.
Sin embargo, el reto más grande no es tanto de recursos sino de mentalidad. El país que no cree en el derecho a la salud (aunque las normas digan otra cosa) ni en que los reclusos conservan los derechos a la salud y a la vida. Hablar de brindar atención médica a los detenidos será contestada con frases típicas como esta: “¿cómo se le va a garantizar la salud a unos delincuentes cuando las personas fuera de la cárcel no tienen acceso?”, como si los derechos humanos fueran un problema de mérito o como si la paz no valiera este y otros esfuerzos.