Víctor de Currea-Lugo | 7 de diciembre de 2024
Por décadas el derecho internacional ha dejado, de manera explícita, muy claro lo que se le debe garantizar a los palestinos. Temas como la adquisición de territorios por medio de la fuerza, la ocupación de Jerusalén, el retorno de los refugiados palestinos y la ilegalidad de los asentamientos israelíes, ya están respondidos en el derecho.
Recientemente la Corte Internacional de Justicia (CIJ) declaró que la ocupación israelí es ilegal. Asímismo, la Corte Penal Internacional (CPI) ordenó la detención del primer ministro israelí Benjamín Netanyahu por genocidio. ¿Y?
Más allá de citar declaraciones y normas ¿podemos mostrar algo tangible y relevante en lo cual el derecho haya contribuido a la protección del pueblo palestino o a la garantía de sus derechos?
No basta tener un derecho autoreferencial, no bastan los documentos; si estos no tienen «la fuerza de la espada» diría Thomas Hobbes, entonces son un canto a la bandera o un manojo de buenas intenciones y poco más.
Aquí mi intervención al respecto: